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¡Esta es una revisión vieja del documento!


Vacaciones y Licencias

Esta opción permite ingresar las novedades que pudo haber tenido el empleado. Entre ellas están:

  • Vacaciones.
  • Licencias-Comisiones.
  • Incapacidades.
  • Ausencias.
  • Permisos- Compensatorios.
  • Licencia por calamidad.

Vacaciones

Esta opción permite registrar las vacaciones que el empleado disfruta. El registro de las vacaciones tiene a consideración lo siguiente:

  1. El numero de periodo que va a disfrutar el empleado.
  2. La cantidad de días que se le otorga al empleado.
  3. El periodo o fechas en que el empleado saldrá a vacaciones.
  4. Indicador de “En Dinero”, si parte de los días se le pagara en dinero.
  5. “Días en Dinero”, cantidad de días que se le pagara. Los días acá configurados son independiente de las fechas previamente configuradas.
  6. “Todas en Dinero”, el total de las vacaciones será pagadas en dinero. Las fechas ingresadas y el total de días en dinero deben coincidir.
  7. Concepto, cuando se selecciona algún parámetro de Dinero se debe configurar el concepto donde se le pagara.
  8. “1 día menos en mes de 31…”, aplica en meses de 31 cuando no se requiere pagar ese día al empleado.

Incapacidades

Esta opción permite registrar las incapacidades que el empleado reporte. El registro de las incapacidades se hace ingresando:
- La fecha del descuento de la incapacidad(esta fecha es la que usa la liquidación de nomina en su proceso)
- Fecha de la incapacidad(es la fecha real que reporta la entidad prestadora de salud)
- Fecha de Recepción de la incapacidad
- Tipo de Incapacidad.
- Diagnóstico(se selecciona la causa de la enfermedad).

Cuando ya existe una incapacidad inicial ya registrada y se requiere registrar otra como continuidad de la primera esta se marca con la opción de prorroga.

Licencias - Comisiones

En esta opción se permite ingresar novedades como:
-Licencias.
-Comisión.
-Licencia externa.

En ellas se pueden ingresar la fecha de inicio y final de la novedad, como también seleccionar si la novedad es remunerada o no.

Notas al proceso

-La marca de prorroga es usada para cuando se requiere indicar al sistema que la incapacidad es continua.
-Las incapacidades que superan entre 30 o mas días de una a la otra, no se podrán marcar como prorroga.

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