La retención se inicia al momento de estar liquidando la nómina. En caso que el empleado no contenga configurado el concepto de retención dentro la nómina básica(Administrador del sistema/Empleados) y dicho concepto no tenga la formula correcta el proceso no se ejecutara(Configuración/Conceptos).
El sistema también valida que el empleado tenga el método de retención que se le aplicara, dado el caso que se tenga seleccionado ninguno el proceso no se realizara. (Administrador del sistema/Empleados/pestaña Afiliaciones).
Si la retención se descuenta en la segunda quincena y en ese tiempo el empleado se encuentra en vacaciones, el sistema le descontara la retención en la primera quincena.
A medida que el proceso de la retención se esta ejecutando ira guardando un histórico del proceso realizado que mas adelante el usuario podrá visualizar por la opción de informes.
Inicialmente el sistema buscara los conceptos que hacen parte de los pagos laborales, si la nómina es quincenal el sistema proyectara el valor pagado en el primera quincena, esto se hace ya que la retención es un proceso que se realiza mensual. Se debe tener en cuenta que los conceptos estén configurados como base de pagos laborales(Configuración/Retención en la fuente/Conceptos Retención) y tener el indicador de proyección(Configuración/Conceptos).
Al terminar el proceso de los pagos laborales, el sistema procederá a obtener los Ingresos No Gravables dentro de los cuales se encuentra (las deducciones de Salud, Pensión y Fondo de solidaridad)
Adicional, se agrega la parametrización al sistema para que se pueda realizar la retención de forma anual, o de forma mensual con base en la interpretación de la Ley 2277/22, que introduce modificaciones al Artículo 206 del Estatuto Tributario en relación con las rentas exentas de trabajo, valoradas en 790 (UVT) anuales
(Nota: el cambio de retención anual o mensual solo se podrá realizar siempre y cuando para la vigencia actual no hayan registros de liquidación de nomina, si hay registros el sistema no podrá cambiar de tipo de retención)
Adicional, se crea el reporte para mostrarle al usuario las UVT que lleva hasta la ultima liquidación de nomina que se haya realizado, este reporte se genera de acuerdo a la vigencia que se agrega en los parámetros, y se puede generar por 1 empleado o para todos los empleados, siempre y cuando se haya marcado que es el tipo de retención “Anual”
Cuando se seleccione el tipo de retención “Anual” el sistema sigue generando la retención de la misma forma como si fuera mensual, la diferencia es que cuando es mensual, es que el tope de retención exenta no puede superar el tope de ($2,792,574) valor de la vigencia 2023, este valor se calcula de la siguiente forma:
Valor UVT * porcentaje exento (42412 * 65.83).
Pero cuando se realiza de forma anual, el tope que se aplica es ($33,505,480) valor de la vigencia 2023, este valor se calcula de la siguiente forma:
Valor UVT * Limite en UVT porcentaje exento (42412 * 790)
Cada vez que se genere la nomina (quincenal o anual) el valor que se haya liquidado por retención se va acumulando, hasta que se llegue a ese tope. Cuando se supere el tope