En el caso de las facturas asociadas a los acuerdos de pago seguirán la siguientes reglas al momento de su refacturación:
Sólo se podrán refacturar facturas vencidas.
No se podrán especificar periodos vencidos como fechas de pago para las cuotas asociadas al convenio.
En caso de no especificarse una determinada fecha se refacturará al último día hábil del periodo vigente.
*