LEYES

LEY 33 DE 1985

Rige desde el 13 de febrero de 1985. Pensión vitalicia. Se toma el histórico de sueldos del ultimo año para calcular le mesada pensional.

Requisitos:

Ley 71 de 1998

Pensión por aportes(los que cotizaron en publico y privado) Se toma el histórico de sueldos de los últimos 10 años para calcular le mesada pensional.

Requisitos:

LEY 100 ART 36

Régimen de transición

Requisitos:

LEY 100 PURA (1993)

Requisitos:

Porcentaje aplicable:

LEY 797(01/01/2014)

Requisitos:

A partir del 01/01/2006 las semanas se incrementara en 25 cada año hasta las 1300 en el 2015.

Porcentaje aplicable:

r = 65.50 - 0.50 * s, donde:

r =porcentaje del ingreso de liquidación.

s = número de salarios mínimos legales mensuales vigentes o vigencia IPC.