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ada:sicoferp:gestionhumana:nomina:incapacidadmayora180dias

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 Las EPS deben enviar el concepto de rehabilitación antes de cumplirse el día 150 a la AFP. Cuando la EPS no expida el concepto favorable de rehabilitación,​ deberá asumir el pago del subsidio por incapacidad,​ hasta que lo emita efectivamente. Las EPS deben enviar el concepto de rehabilitación antes de cumplirse el día 150 a la AFP. Cuando la EPS no expida el concepto favorable de rehabilitación,​ deberá asumir el pago del subsidio por incapacidad,​ hasta que lo emita efectivamente.
 Si el trabajador registra más de 180 días de incapacidad,​ la empresa debe, en primer lugar, suspender el pago de la incapacidad y abstenerse de pagarle al trabajador “el salario”, pues este no se causa, porque no hay prestación del servicio. Si el trabajador registra más de 180 días de incapacidad,​ la empresa debe, en primer lugar, suspender el pago de la incapacidad y abstenerse de pagarle al trabajador “el salario”, pues este no se causa, porque no hay prestación del servicio.
ada/sicoferp/gestionhumana/nomina/incapacidadmayora180dias.1567695015.txt.gz · Última modificación: 2019/09/05 14:50 por 172.16.201.249